Despacho del Viceministro o de la Viceministra para el Hábitat, Tierras y Desarrollo Comunal con Identidad de los Pueblos Indígenas

Promoviendo el desarrollo sustentable y la preservación de la identidad cultural indígena.

Imagen ilustrativa del ámbito del viceministerio (sustituir por material oficial).

Dependencias

El Despacho del Viceministro o de la Viceministra para el Hábitat, Tierras y Desarrollo Comunal con Identidad de los Pueblos Indígenas se encuentra integrado por las siguientes dependencias:

  • Dirección General de Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas
  • Dirección General de la Economía Comunal de los Pueblos Indígenas

Competencias del despacho

  1. Proponer, recomendar y seguir la política integral establecida por el órgano rector, en materia de vivienda y hábitat de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  2. Impulsar el ejercicio de la corresponsabilidad entre el Estado y los Pueblos y Comunidades Indígenas para el manejo del medio ambiente y los recursos naturales, parques nacionales y áreas protegidas, así como el desarrollo sustentable en el hábitat y tierras, de acuerdo al ordenamiento legal vigente.

  3. Realizar seguimiento a las garantías y derechos territoriales reconocidos por el Estado a partir de la entrega de los títulos a los Pueblos y Comunidades Indígenas, tomando en cuenta los principios que sustentan el proceso de demarcación de tierras establecido constitucionalmente.

  4. Formular, desarrollar y evaluar planes económicos y socioproductivos correspondientes a cada Pueblo y Comunidad Indígena para garantizar la soberanía agroalimentaria y el rescate de sus usos, costumbres y tradiciones.

  5. Impulsar y coordinar la inclusión, participación protagónica y corresponsable de los Pueblos y Comunidades Indígenas en el desarrollo económico y social de la Nación.

Dirección General de Hábitat y Tierras de los Pueblos Indígenas

Competencias

  1. Velar y realizar seguimiento a las garantías y derechos territoriales reconocidos por el Estado, a partir de la entrega de los títulos a los Pueblos y Comunidades Indígenas, en consonancia con los principios que sustentan el proceso de demarcación de tierras establecido constitucionalmente.

  2. Desarrollar lineamientos, planes y proyectos que fomenten el ejercicio de la corresponsabilidad entre el Estado y los Pueblos y Comunidades Indígenas en los ámbitos que conciernen a la conservación y manejo del ambiente y los recursos naturales, parques nacionales y áreas protegidas, así como el desarrollo sustentable en el hábitat y tierras indígenas, de acuerdo al ordenamiento legal vigente.

  3. Promover y acompañar al Poder Popular indígena en la planificación, ordenamiento y desarrollo del territorio indígena para el buen manejo de los recursos, asegurando la permanencia y habitabilidad de los territorios ancestral y tradicionalmente ocupados.

  4. Fomentar la participación de los pueblos y comunidades indígenas en la seguridad y defensa de la Nación en el ejercicio de la corresponsabilidad con el Estado.

Dirección General de la Economía Comunal de los Pueblos Indígenas

Competencias

  1. Garantizar el libre ejercicio de las prácticas económicas tradicionales en el hábitat y tierras de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  2. Promover el desarrollo de planes económicos y socioproductivos, fortaleciendo los usos, costumbres, tradiciones y culturas de los pueblos indígenas.

  3. Formular planes y programas para fortalecer la seguridad y soberanía alimentaria de los pueblos indígenas mediante modelos de producción diversificados, partiendo del libre ejercicio de las prácticas económicas tradicionales en el hábitat y tierras de los pueblos y comunidades indígenas, recuperando y validando modelos tradicionales y sostenibles de producción, así como el apoyo en su desarrollo conforme a las necesidades de los pueblos y comunidades indígenas.

  4. Crear mecanismos que garanticen el acceso a financiamientos para actividades socioproductivas, a través de diversas formas organizativas legales, y a su vez, garantizar la colocación y suministro de los rubros producidos en los mercados locales, regionales, nacionales e internacionales, en coordinación y articulación con los órganos competentes.

  5. Impulsar el establecimiento de mercados y centros de acopio promovidos por los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  6. Promover el intercambio comercial entre pueblos y comunidades indígenas y gestionar los mecanismos para el procesamiento, transporte, distribución, almacenamiento y comercialización de los productos elaborados en actividades socioproductivas de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en articulación con los órganos, entes y demás organismos competentes.

  7. Promover la creación y consolidación de las unidades socioproductivas y empresas de carácter social que respondan a las necesidades, fortalezas y demandas de los pueblos y comunidades indígenas.

  8. Impulsar en conjunto con las instancias públicas el sistema económico comunal de los pueblos indígenas a través de un modelo de gestión sustentable y sostenible para el fortalecimiento del desarrollo endógeno, como fuerzas productivas.