Despacho del Viceministro o de la Viceministra para el Vivir Bien de los Pueblos Indígenas

Promoviendo el bienestar integral y la calidad de vida de las comunidades indígenas.

Imagen ilustrativa del ámbito del viceministerio (sustituir por material oficial).

Dependencias

El Despacho del Viceministro o de la Viceministra para el Vivir Bien de los Pueblos Indígenas se encuentra integrado por:

  • Dirección General de Atención Integral al Indígena
  • Dirección General del Desarrollo Comunal para el Vivir Bien de los Pueblos Indígenas

Competencias del despacho

  1. Promover y crear mecanismos para realizar la formulación, regularización y seguimiento en conjunto con las comunidades de las políticas públicas orientadas al fomento del desarrollo comunal con identidad de los Pueblos y Comunidades Indígenas, con la finalidad de preservar la diversidad cultural y forma de vida indígena.

  2. Regular, dar seguimiento y controlar las políticas implementadas por el Ejecutivo Nacional para la promoción, asistencia y desarrollo social integral como garantía del goce de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, sin discriminación alguna.

  3. Desarrollar directrices y lineamientos que permitan regular y dar seguimiento a las políticas públicas dirigidas a la atención en los Pueblos y Comunidades Indígenas que satisfagan las necesidades de la población en proyectos de corto y mediano plazo, tanto en aquellos que requieran una respuesta inmediata.

  4. Participar, crear e impulsar mecanismos para la organización comunitaria y comunal como expresiones del Poder Popular indígena, con el fin de incentivar la participación protagónica en los diferentes aspectos donde se incluyan a los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  5. Promover y garantizar derecho de consulta previa e informada en los pueblos y comunidades indígenas en asuntos que les conciernan.

Dirección General de Atención Integral al Indígena

Competencias

  1. Promover y garantizar el acceso oportuno y equitativo a las políticas sociales, la asistencia y desarrollo integral, con la finalidad de garantizar el goce de los derechos de los Pueblos y Comunidades Indígenas, en articulación con los órganos, entes y demás organismos competentes.

  2. Formular lineamientos y planes de atención integral para los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  3. Velar por la inclusión de los adultos mayores al seguro social, en articulación con los órganos, entes y demás organismos competentes.

  4. Velar y garantizar que las políticas emanadas por el Viceministro o la Viceministra, en aras de satisfacer las necesidades de los Pueblos y Comunidades Indígenas a través de los diferentes planes, programas y proyectos del Ministerio, sean cumplidas en articulación con los entes rectores.

  5. Fortalecer el sistema de seguimiento de proyectos dentro de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

Dirección General del Desarrollo Comunal para el Vivir Bien de los Pueblos Indígenas

Competencias

  1. Promover mecanismos institucionales para fortalecer la consolidación de Planes de Vida Comunales, como modelos propios de desarrollo de los pueblos indígenas conforme a sus usos, costumbres, tradiciones y culturas, validando a partir de la participación directa y protagónica del Poder Popular indígena.

  2. Crear y promover mecanismos de organización comunitaria y comunal, con el fin de incentivar la integración de los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  3. Promover la articulación con los órganos, entes y demás organismos que faciliten la garantía del vivir bien a los Pueblos y Comunidades Indígenas.

  4. Promover el libre ejercicio del derecho de consulta previa e informada del Poder Popular indígena y sus organizaciones.

  5. Promover la participación de las comunidades en la formulación de planes, programas y proyectos de Desarrollo Comunal a través del Poder Popular indígena organizado, en articulación con los demás entes rectores.

  6. Crear políticas y planes que permitan la formación, capacitación y seguimiento de planes y proyectos de Desarrollo Comunal de los Pueblos Indígenas.

  7. Fomentar y coordinar la inclusión, participación protagónica y corresponsable de los pueblos indígenas, con la finalidad de contribuir al desarrollo del Estado.